CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 38 PRODUCTOS DE CEMENTO CERAMICA ROJA REFRACTARIA Y BLANCA. SUBGRUPO REFRACTARIA




Promulgación: 17/07/1985
Publicación: 30/07/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

   Establécese, los siguientes salarios mínimos para los trabajadores 
comprendidos por el presente decreto:
Jornal: N$ 450,00
Mensual para el administrativo: N$ 12.000,00.
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