{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "377" 
  ,"anioNorma" : 2010 
  ,"nombreNorma" : "ASCENSOS EN EL SERVICIO DE RETIROS Y PENSIONES DE LAS FUERZAS ARMADAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2010/12/28/20" 
    ,"fechaPromulgacion" : "20/12/2010" 
  ,"fechaPublicacion" : "28/12/2010" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
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  ,"anio" : 2010 
  ,"pagina" : 1529 
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  ,"vistos" : " \r\nVISTO: las actuaciones por las cuales el Servicio de Retiros y Pensiones\r\nde las Fuerzas Armadas solicita se autorice por única vez y en carácter de\r\nexcepción el otorgamiento de ascensos para vacantes a llenarse con fecha\r\n1ro. de febrero de 2010 por el Sistema de Antigüedad Calificada.\r\n\r\nRESULTANDO: I) que por el Decreto 202/009 de 4 de mayo de 2009, se\r\nmodificó el Decreto 143/996 de 23 de abril de 1996 referente al Reglamento\r\nde Calificación y Ascenso de Personal Subalterno del Servicio de Retiros y\r\nPensiones de las Fuerzas Armadas.\r\n\r\nII) que el Decreto 202/009 mencionado, estableció el nuevo Sistema de\r\nAscenso (Antigüedad Calificada, Concurso y Selección), previendo su\r\nvigencia a partir de la fecha de aprobación del referido Reglamento.\r\n\r\nIII) que en el Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas\r\nexisten vacantes generadas con anterioridad al Decreto 202/009 referido,\r\nlas que a pesar del tiempo transcurrido y hasta el presente, no han podido\r\nser cubiertas, resultando perjudicado el Personal Subalterno por causas\r\najenas al mismo, en el cual se creó expectativas de ascenso.\r\n\r\nCONSIDERANDO: la conveniencia de establecer por excepción y por única vez\r\nel otorgamiento de los ascensos para las referidas vacantes, a llenarse\r\ncon fecha 1ro. de febrero de 2010 por el Sistema de Antigüedad Calificada,\r\nlo cual redundará en beneficio del Servicio.\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Servicio de\r\nRetiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas y a lo dictaminado por el\r\nDepartamento Jurídico - Notarial, Sección Jurídica del Ministerio de\r\nDefensa Nacional.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/377-2010/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Autorízase por única vez y en carácter de excepción, el otorgamiento de\r\nascensos para vacantes a llenarse con fecha 1ro. de febrero de 2010, del\r\nPersonal Subalterno del Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas\r\nArmadas, por el Sistema de Antigüedad Calificada.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/377-2010/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección General de Recursos\r\nHumanos, Departamento Administración y Desarrollo Humano - Sección\r\nPersonal Militar del Ministerio de Defensa Nacional y a la Dirección\r\nGeneral de los Servicios de las Fuerzas Armadas para su conocimiento y\r\ndemás efectos. Cumplido, archívese.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " JOSE MUJICA - LUIS ROSADILLA\r\n " 
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