PRORROGA PAGO DE LIQUIDACION DE PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LOS SERVICIOS DE ESTIBA




Promulgación: 26/09/2001
Publicación: 03/10/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 750
Ver en esta norma, artículo: 4.

Artículo 3

 Por igual plazo, las erogaciones resultantes se financiarán con los 
recursos previstos en el artículo 41º de la Ley Nº 16.246 de 8 de abril 
de 1992 los que, a esos efectos, percibirá la ex Administración Nacional 
de los Servicios de Estiba (ANSE).
Referencias al artículo
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