{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "376" 
  ,"anioNorma" : 1979 
  ,"nombreNorma" : "OBLIGACION DE LOS JUZGADOS DE LA REPUBLICA, ASI COMO LAS DEPENDENCIAS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR, DE DAR CONTESTACION INMEDIATA A LOS OFICIOS REMITIDOS POR AUTORIDADES JUDICIALES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1979/07/20/21" 
    ,"fechaPromulgacion" : "03/07/1979" 
  ,"fechaPublicacion" : "20/07/1979" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1979 
  ,"pagina" : 52 
  } 
  ,"vistos" : "   Visto: los problemas que se suscitan respecto de la tramitación de las\r\ncausales penales.\r\n\r\n  Resultando: I) Que en los Juzgados de la República se tramitan, en\r\nmateria penal, numerosos expedientes que se encuentran paralizados, en\r\nvirtud de la demora en que incurren algunas dependencias oficiales en\r\ncontestar los oficios que se les remiten solicitando información\r\nrelacionada con aquéllos;\r\n\r\nII) Que, asimismo, tal situación ha sido señalada en reiteradas\r\noportunidades por los Inspectores de actuarias de Juzgados Letrados,\r\nquienes han podido comprobar que el principal motivo de atraso en la\r\ntramitación de las causas penales es el que acaba de indicar.\r\n\r\n  Considerando: I) Que todo ello perjudica la buena marcha de la\r\nAdministración de Justicia, determinado que la tramitación de las causas\r\npenales se prolongue en forma innecesaria; desvirtúandose, de tal forma,\r\nla actividad jurisdiccional que, en especial en la materia penal, debe\r\ndesarrollarse sin demoras a efectos de que se cumplan sus objetivos;\r\n\r\nII) Que, en virtud de ello, es imprescindible adoptar las medidas\r\npertinentes a fin de solucionar los problemas que plantea la situación\r\nantes descrita.\r\n\r\n  Atento: a lo expuesto y a lo que disponen el artículo 181, numeral 1º de\r\nla Constitución de la República,\r\n\r\n                    El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/376-1979/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Dispónese que los Juzgados de la República, así como las dependencias\r\ndel Ministerio del Interior, den inmediata contestación a los oficios\r\nremitidos por autoridades judiciales, en cuanto en ellos se solicitara\r\ninformación en relación con las causas penales que se tramitan en sus\r\nrespectivas Sedes.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/376-1979/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - FERNANDO BAYARDO BENGOA - MANUEL J. NUÑEZ\r\n " 
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