{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "373" 
  ,"anioNorma" : 1979 
  ,"nombreNorma" : "DECLARACION DE QUE LOS MAESTROS DE INSTRUCCION PRIMARIA DEL EJERCITO,  ARMADA Y FUERZA AEREA, QUEDEN INCLUIDOS EN LAS DISPOSICIONES DE LA LEY 14.021" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1979/07/20/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "03/07/1979" 
  ,"fechaPublicacion" : "20/07/1979" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1979 
  ,"pagina" : 21 
  } 
  ,"vistos" : "   Visto: la gestión del Comando General del Ejército por la que solicita\r\nse haga extensiva la aplicación de la ley 14.021 de fecha 17 de setiembre\r\nde 1971 a los Maestros de Instrucción de Primaria del Ejército.\r\n\r\n  Considerando: I) Que respecto de los referidos maestros resulta\r\naplicable el régimen jubilatorio previsto en los artículo 1º y 2º de la\r\nley 11.021, del 5 de enero de 1948 y modificativos, según surge de lo\r\ndispuesto en el artículo 6º de la misma ley;\r\n\r\nII) Que resulta justa que a su respecto rijan asimismo las disposiciones\r\ncontenidas en la ley 14.021 en cuanto dispone que los docentes\r\ndependientes del Consejo de Enseñanza Primaria y Normal, comprendidos en\r\nla causal jubilatoria de referencia continuarán percibiendo sueldo de\r\nactividad hasta el momento de percibir el primer pago de haberes\r\njubilatorios;\r\n\r\nIII) Que en la misma situación se encuentran los maestros de Instrucción\r\nPrimaria de la Armada y Fuerza Aérea, por lo que resulta conveniente\r\nincluirlos al amparo de la ley 14.021;\r\n\r\nIV) Que la remisión que hace la ley 14.021 en cuanto al régimen de los\r\nartículos 1º y 2º de la ley 11.021 da fundamento para aclarar por vía\r\ninterpretativa y por acto administrativo, que los maestros de Instrucción\r\nPrimaria de las Fuerzas Armadas, se encuentran incluidos en dicho régimen,\r\nconcordantes con lo dispuesto en el artículo 6º de la ley 11.021.\r\n\r\n  Atento: al informe favorable de la Junta de Comandantes en Jefe y del\r\nAsesor Letrado del Ministerio de Defensa Nacional,\r\n\r\n                   El Presidente de la República\r\n\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/373-1979/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Declárase que las disposiciones de la ley 14.021 del 17 de setiembre de\r\n1971 son aplicables a los maestros de Instrucción Primaria del Ejército,\r\nArmada y Fuerza Aérea.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/373-1979/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese y archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - WALTER RAVENNA\r\n " 
 }