AUTORIZACION A REALIZAR CURSOS DE ASCENSO EN LA ESCUELA NACIONAL DE POLICIA




Promulgación: 04/07/1978
Publicación: 12/07/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 35

Artículo 6

 Créase una Junta de  Selección para Aspirantes al Curso que se autoriza
por el presente que estará integrada por tres  miembros titulares
designados por la Dirección de la Escuela Nacional de Policía. El
Presidente será el Jefe de Estudios o Jefe de Cuerpo y los miembros
restantes serán Oficial Jefe y un Profesor de la Escuela.
La Junta asesorará a la Dirección respecto de los postulantes que se
presenten, para lo cual los entrevistará y formulará por escrito los
juicios de valor respectivos, así como las recomendaciones que estime
pertinentes para un mejor aprovechamiento del material humano del que se
trata.
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