AUTORIZACION A REALIZAR CURSOS DE ASCENSO EN LA ESCUELA NACIONAL DE POLICIA




Promulgación: 04/07/1978
Publicación: 12/07/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 35

Artículo 4

 Las pruebas Culturales Profesionales versarán exclusivamente sobre
Legislación Profesional (Ley Orgánica Policial, texto ordenado por decreto
75/972, del 1º de febrero de 1972) y Legislación Cancelaria (Ley 14.470,
del 2 de diciembre de 1975) y tendrán efecto eliminatorio si el aspirante
no alcanza la nota mínima de 4.00 (regular) en cada una de ellas. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.
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