El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
VISTO: el fallecimiento del señor Fidel Alejandro Castro Ruz;
CONSIDERANDO: I) que Fidel Castro marcó un hito en la historia de América Latina a través de la Revolución cubana, la que lideró desde la década de los 50;
II) que dicho fallecimiento enluta al Estado uruguayo por tratarse de un estadista, líder revolucionario y consecuente en su convicción ideológica durante toda su vida;
III) que corresponde determinar la forma en que la República Oriental del Uruguay se asociará y acompañará el duelo provocado por el referido fallecimiento;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
La bandera nacional permanecerá a media asta el día indicado en el artículo primero, en todos los edificios públicos, cuarteles, fortalezas, bases aéreas y buques de guerra.