El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la Resolución N° 1600/24 del Directorio de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE), de fecha 27 de diciembre de 2024;
RESULTANDO: I) que por la citada Resolución, la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, propone aprobar a partir del 1° de enero de 2025, un coeficiente de ajuste del 7% (siete por ciento) del precio de las tarifas de servicio de suministro de agua potable y saneamiento a su cargo;
II) que la Administración de las Obras Sanitarias del Estado remitió el Anexo "Decreto Tarifario enero 2025" que se adjunta y forma parte integrante del presente Decreto;
CONSIDERANDO: que el incremento tarifario del 7% (siete por ciento), presentado por la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, se ha ajustado a las necesidades de la Administración;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el articulo 11°, inciso "b" de la Ley N° 11.907, de 19 de diciembre de 1952;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Apruébense a partir del 1° de enero de 2025 las siguientes tarifas y demás normas jurídicas vinculadas a la facturación y pago de los servicios de agua potable, saneamiento convencional y productos y servicios prestados por la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, contenidas en el Anexo (*) que se adjunta y forma parte integrante del presente Decreto.