{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "371" 
  ,"anioNorma" : 1992 
  ,"nombreNorma" : "VIVIENDAS - MERCADO COMUN DEL SUR - MERCOSUR" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1992/09/30/17" 
    ,"fechaPromulgacion" : "05/08/1992" 
  ,"fechaPublicacion" : "30/09/1992" 
  ,"vistos" : "    Visto: que es imperioso satisfacer las necesidades de vivienda de\r\ntrabajadores que cumplen tareas en zonas del interior del País.\r\n\r\n   Resultando: que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y\r\nMedio Ambiente tiene a su cargo la formulación, ejecución, supervisión y\r\nevaluación de planes de vivienda.\r\n\r\n   Considerando: I) que la Comisión Pro-Erradicación de Vivienda Rural\r\nInsalubre ha llevado adelante la ejecución de planes de vivienda en todo\r\nel interior de la República.\r\n\r\n   II) que ha demostrado solvencia técnica y gran credibilidad en el medio\r\nrural para la atención de las necesidades de vivienda de los sectores\r\nasalariados de menores recursos.\r\n\r\n   III) que es necesario satisfacer la demanda de viviendas a núcleos\r\nfamiliares cercanos a zonas de desarrollo, de frontera y todos aquellos\r\nlugares que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio\r\nAmbiente crea pertinente atender tendiente a la inserción de nuestro País\r\nen el Mercado Común del Sur (MERCOSUR).\r\n\r\n   IV) que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio\r\nAmbiente está facultado a ejecutar planes a través de convenios con\r\norganismos de derecho público, como lo es la Comisión Honoraria\r\nPro-Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre.\r\n\r\n   Atento: a lo dispuesto por el artículo 119 de la Ley No. 13.728 en la\r\nredacción dada por el articulo 1o. de la Ley No. 16.237 y artículos 1o. a\r\n5o. de la Ley No. 16.112.\r\n\r\n                      El Presidente de la República\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/371-1992/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Autorízase al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio\r\nAmbiente a ejecutar a través de la Comisión Honoraria Pro-Erradicación de\r\nla Vivienda Rural Insalubre, previa suscripción de convenios, programas de\r\nvivienda de núcleos familiares cercanos a zonas de desarrollo, zonas de\r\nfronteras y todos aquellos lugares que el Ministerio de Vivienda,\r\nOrdenamiento Territorial y Medio Ambiente crea pertinente atender,\r\ntendiente a la inserción de nuestro País en el Mercado Común del Sur\r\n(MERCOSUR).   \r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/371-1992/2" 
 ,"textoArticulo" : "    En los expresados convenios se establecerán las condiciones en que se\r\nentregarán fondos, reintegro total o parcial de los mismos y toda otra\r\ndisposición que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y\r\nMedio Ambiente entienda necesaria.  \r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/371-1992/3" 
 ,"textoArticulo" : "    La asistencia referida se hará con cargo a los recursos destinados a la\r\nejecución del Plan Quinquenal de Viviendas (Proyecto 704).  \r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/371-1992/4" 
 ,"textoArticulo" : "   Las amortizaciones que la Comisión Honoraria Pro - Erradicación de la\r\nVivienda Rural Insalubre (MEVIR) que realice al Ministerio de Vivienda,\r\nOrdenamiento Territorial y Medio Ambiente en cumplimiento de los convenios\r\nque suscribieren, se incorporarán al Fondo Nacional de Vivienda y\r\nUrbanización, conforme con lo dispuesto por el artículo 81, literal D de\r\nla Ley No. 13.728 en la redacción dada por el artículo 1o. de la Ley No.\r\n16.237.  \r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/371-1992/5" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, etc. \r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - JOSE MARIA MIERES MURO - IGNACIO DE POSADAS MONTERO\r\n " 
 }