PROHIBICION POR 24 HORAS EL USO DE CALEFACCION ELECTRICA, SALVO EXCEPCIONES QUE SE DETERMINAN




Promulgación: 29/06/1979
Publicación: 04/07/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1979
  •    Página: 1979

Artículo 4

  El régimen de restricciones complementario establecido en los artículos
1 y 2 entrará en vigencia el 1 de julio de 1979.
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