PROHIBICION POR 24 HORAS EL USO DE CALEFACCION ELECTRICA, SALVO EXCEPCIONES QUE SE DETERMINAN




Promulgación: 29/06/1979
Publicación: 04/07/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1979
  •    Página: 1979

Artículo 3

  La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas podrá
efectuar las inspecciones que estime necesarias a efectos del cumplimiento
de este decreto y aplicar las sanciones establecidas en el artículo 15 del
decreto anteriormente mencionado.
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