CREACION "COMISARIA SECCIONAL SEGUNDA" DE SAN JOSE Y MODIFICACION DE LOS LIMITES DE LA COMISARIA SECCIONAL PRIMERA. DENOMINACION "COMISARIA SECCIONAL DECIMO PRIMERA"




Promulgación: 18/11/2013
Publicación: 26/11/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 2059
VISTO: la gestión iniciada por la Jefatura de Policía de San José a
efectos de la creación de una nueva Seccional en dicho Departamento, así
como la modificación a los límites jurisdiccionales de algunas
Seccionales, atendiendo a necesidades de servicio.

RESULTANDO: I) Que por Decreto N° 46/999 de fecha 18 de febrero de 1999,
se modificaron los límites jurisdiccionales de la citada Unidad Ejecutora,
trasladando a la Seccional Segunda a Delta del Tigre Ciudad del Plata,
quedando la ciudad de San José de Mayo con una sola Seccional Policial.

II) Que en el transcurso del tiempo la geografía y todo su entorno
demográfico, social y económico han sufrido notorias modificaciones, lo
que demanda una constante actividad policial, lo que hace necesario que la
ciudad de San José de Mayo cuente con otra Seccional.

III) Que en virtud de las apreciaciones antes mencionadas, se hace
indispensable crear una nueva Dependencia Policial Operativa en la citada
Capital Departamental, denominándola "Comisaría Seccional Segunda", y
modificar los límites jurisdiccionales de Seccional Primera.

IV) Que a los efectos de efectivizar lo antes expresado, y que la
Organización Jurisdiccional Policial del Departamento de San José sea
clara y precisa, es menester que la Comisaría Seccional Segunda pase a
denominarse "Seccional Décimo Primera", prosiguiendo con los mismos
límites jurisdiccionales.

V) Que en razón de lo antes expuesto es impostergable la modificación de
los límites citados en el Decreto N° 46/999 de fecha 18 de febrero de
1999.

CONSIDERANDO: Que corresponde realizar la variación de los límites
geográficos teniendo en cuenta las nuevas exigencias del servicio.

ATENTO: a lo expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 CRÉASE la "Comisaría Seccional Segunda" en el Departamento de San José,
modificando los límites de la Comisaría Seccional Primera.

JOSÉ MUJICA - EDUARDO BONOMI
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