PRESTACION DE SERVICIOS A CARGO DE LA DIRECCION DE SANIDAD ANIMAL DE LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS




Promulgación: 04/10/1995
Publicación: 16/10/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
    Visto: la gestión formulada por la Dirección General de Servicios
Ganaderos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca;

    Resultando: I) por decreto Nº 641/989, de 29 de diciembre de 1989, se
autorizó a la Dirección General de Servicios Ganaderos para habilitar, a
solicitud de los usuarios, horarios extraordinarios en los distintos
servicios que atiende dicha dependencia, siendo de cargo de los mismos
el pago de las horas extras generadas;

II) por el inciso 1) del Art. 2 del mencionado decreto se dispuso que
la prestación de los distintos servicios a cargo de la Dirección de
Sanidad Animal de la Dirección General de Servicios Ganaderos, estará
sujeta al pago de las sumas que se detallan;

III) en la gestión de referencia la Dirección General de Servicios
Ganaderos solicita se haga extensivo a otros servicios, lo dispuesto por
el inciso 1) del Art. 2 del decreto Nº 641/989, de 29 de diciembre de
1989;

    Considerando: conveniente proveer en la forma solicitada habida cuenta
que lo dispuesto por el Art. 2 del decreto Nº 641/989, genera actividad
para otros servicios de la Dirección General de Servicios Ganaderos;

    Atento: a lo precedentemente expuesto,

                       El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

    Extiéndese a todos los servicios a cargo de la Dirección General de
Servicios Ganaderos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, lo
dispuesto en el inciso 1) del Art. 2 del decreto Nº 641/989, de 29 de
diciembre de 1989. 

SANGUINETTI - CARLOS GASPARRI - LUIS MOSCA
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