COMERCIO EXTERIOR - NOMENCLATURA ARANCELARIA




Promulgación: 05/08/1992
Publicación: 29/09/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1992
  •    Página: 340
   Visto: el Decreto del Poder Ejecutivo 380/986 de 23 de julio de 1988 en
que se otorgaron beneficios especiales para la importación de equipos y
herramientas destinados a las actividades de extracción y transformación
de mármoles y granitos.

   Resultando: que en dicho Decreto el hilo diamantado no fue incluido
como herramienta a ser importada al amparo de los beneficios otorgados en
la norma citada.

   Considerando: que el hilo diamantado es una herramienta que por sus
características implica un avance tecnológico en la explotación de las
canteras de mármoles y granitos.

   Atento: a lo expuesto,

   El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

  Extiéndanse los beneficios otorgados por el Artículo 22 del decreto
380/986 de 23 de julio de 1986 a la Importación del hilo diamantado, No.
de NADI 68060399, Nº de NABALADI 680609900, a ser empleado en las canteras
de mármoles y granitos.

Artículo 2

  Comuníquese, publíquese, etc.

LACALLE HERRERA - EDUARDO ACHE - IGNACIO DE POSADAS
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