Fíjase en $ 478:177.000 (cuatrocientos setenta y ocho millones ciento setenta y siete mil pesos) el Presupuesto del Departamento Financiero de la Habitación para el ejercicio 1974 y a regir desde el 1.o de enero de dicho año, de acuerdo a las cifras que a continuación se determinan para cada rubro, salvo disposición expresa en contrario, las que deben ser incrementadas de acuerdo a los aumentos en las retribuciones personales resueltos por el Poder Ejecutivo para el segundo semestre del ejercicio. Forman parte integrante del referido Presupuesto, las Condiciones Generales, Planes, Estados y Planillados acompañados, ajustados de acuerdo a las normas de este decreto.