REGLAMENTACION DEL ARTICULO 30 DE LA LEY Nº 13.420




Promulgación: 24/01/1967
Publicación: 08/02/1967

Resumen:

Reglámentase el artículo 30 de la Ley Nº 13.426 referente a la afiliación jubilatoria de los Directores y Síndicos de Sociedades Anónimas y de 
Bancos Particulares, a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Industria
y Comercio.

Derogada/o por: Decreto Nº 206/971 de 22/04/1971 artículo 1.
Reglamentario/a de: Ley Nº 13.426 de 02/12/1965 artículo 30.


		
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