{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "369" 
  ,"anioNorma" : 2021 
  ,"nombreNorma" : "REGLAMENTACION DEL ART. 78 DE LA LEY 19.695, RELATIVO A MODIFICACIONES AL SISTEMA DE PREVISION SOCIAL MILITAR" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2021/11/10/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "04/11/2021" 
  ,"fechaPublicacion" : "10/11/2021" 
  ,"referenciasNorma" : " <b>Reglamentario/a de:</b> Ley Nº 19.695 de 29/10/2018 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/19695-2018/78\" >78</a>.\r\n " 
  ,"vistos" : "    VISTO: lo dispuesto por la Ley N° 19.695, de 29 de octubre de 2018, por la cual se introducen modificaciones al Sistema de Previsión Social Militar;\r\n\r\n   RESULTANDO: que el artículo 78 de la citada norma legal, prevé que la gestión del Sistema estará a cargo del Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas, a cuyos efectos contará con la participación de dos miembros designados por el Poder Ejecutivo, uno en representación del Ministerio de Economía y Finanzas y otro del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social;\r\n\r\n   CONSIDERANDO: que es necesario reglamentar el artículo 78 mencionado, para proceder a la designación y establecer las funciones de los representantes de los Ministerios de Economía y Finanzas y de Trabajo y Seguridad Social;\r\n\r\n   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Asesoría Letrada del Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas y por el Departamento Jurídico-Notarial del Ministerio de Defensa Nacional y a lo dispuesto por el numeral 4° del artículo 168 de la Constitución de la República y por el artículo 78 de la Ley N° 19.695, de 29 de octubre de 2018;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n                     actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/369-2021/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Facúltase a los Ministerios de Economía y Finanzas y de Trabajo y Seguridad Social a que por Resolución Ministerial, designen un representante para participar en la gestión del Sistema de Previsión Social Militar previsto en el artículo 78 de la Ley N° 19.695, de 29 de octubre de 2018.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/369-2021/2" 
 ,"textoArticulo" : "    El representante del Ministerio de Economía y Finanzas deberá ser Profesional Universitario, Contador Público o Economista y además de actuar como nexo entre el Ministerio y el Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas; le compete recopilar información financiera, promover y apoyar el mantenimiento de series estadísticas, proyecciones y seguimiento de las mismas, para la evaluación del Sistema de Seguridad Social amparado por el Servicio y contribuir a una oportuna toma de decisiones. Podrá formular propuestas de trabajo y participar en su elaboración junto con el personal técnico del Servicio, para la toma de decisiones por parte de las autoridades del Ministerio de Defensa Nacional (Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas).\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/369-2021/3" 
 ,"textoArticulo" : "    El representante del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social deberá contar con experiencia en el Sistema de Seguridad Social y además de actuar como nexo con el Ministerio de Defensa Nacional (Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas); le compete formular propuestas e iniciativas reglamentarias y/o administrativas con el objetivo de elaborar, promover, regular y hacer el seguimiento de políticas de apoyo social y protección a la ancianidad para el mejor cumplimiento de los cometidos del Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/369-2021/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese. Cumplido, archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    LACALLE POU LUIS - LUIS ALBERTO HEBER - FRANCISCO BUSTILLO - ALEJANDRO IRASTORZA - JAVIER GARCÍA - PABLO DA SILVEIRA - JOSE LUIS FALERO - OMAR PAGANINI - PABLO MIERES - DANIEL SALINAS - FERNANDO MATTOS - TABARÉ VIERA - IRENE MOREIRA - MARTÍN LEMA - ADRIAN PEÑA " 
 }