FIJACION DE DISPOSICIONES DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS CONSULTIVOS




Promulgación: 21/10/2011
Publicación: 03/11/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1019
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.250 de 06/01/2008 artículo 74.

Artículo 6

 La Dirección General para Asuntos Consulares y Vinculación promoverá la
convocatoria de Encuentros Mundiales de Consejos Consultivos, en períodos
no menores de doce meses y no mayores a veinticuatro meses, siendo cada
Consejo Consultivo representado hasta por 2 (dos) delegados cada uno.
Dicha actividad se realizará en Uruguay, citada con suficiente antelación,
con un orden del día preestablecido, consensuado entre los Consejos
Consultivos y con circulación previa de ponencias y documentos. Los costos
de la asistencia de delgados serán de cargo de los respectivos Consejos
Consultivos.
Ayuda