Para la realización de los estudios de equivalencia biofarmacéutica de
Medicamentos que contienen en su formulación alguno de los fármacos
listados en el Anexo III del Decreto 12/007, no es requisito la aprobación del Protocolo de Investigación por parte del Ministerio de Salud Pública previo al inicio de los mismos, siempre que la Referencia se encuentre en el Anexo I del presente Decreto.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 369/010 de
13/12/2010.
Ver en esta norma, artículo:5.