{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "368" 
  ,"anioNorma" : 2023 
  ,"nombreNorma" : "INCORPORACION AL DERECHO POSITIVO NACIONAL LA RESOLUCION DEL MERCOSUR (GMC) N° 04/22, POR LA QUE SE DEROGO LA RESOLUCION GMC N° 58/06, QUE ADOPTABA EL SUB-ESTANDAR 3.7.44 \"REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA ACTINIDIA CHINENSIS (KIWI) SEGUN PAIS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR\"" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2023/12/04/9" 
    ,"fechaPromulgacion" : "14/11/2023" 
  ,"fechaPublicacion" : "04/12/2023" 
  ,"vistos" : "    VISTO: la Resolución del Grupo Mercado Común (GMC) N° 04/22, de 9 de junio de 2022;\r\n\r\n   RESULTANDO: que por la mencionada Resolución, se derogó en su totalidad la Resolución GMC N° 58/06, de 24 de noviembre de 2006, que adoptaba el Sub-Estándar 3.7.44 \"Requisitos Fitosanitarios para Actinidia chinensis (Kiwi) según país de destino y origen, para los Estados Partes del MERCOSUR\";\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que conforme a lo dispuesto en el artículo 38 del Protocolo Adicional al Tratado de Asunción - Protocolo de Ouro Preto aprobado por la Ley N° 16.712, de 1° de setiembre de 1995- los Estados Partes se comprometen a adoptar las medidas necesarias para asegurar, en sus respectivos territorios, el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos del MERCOSUR previstos en el artículo 2° del referido Protocolo y, de acuerdo a lo establecido en la Decisión del Consejo Mercado Común N° 23/00 y su modificativa N° 20/02, corresponde incorporar la norma referida en el \"Visto\";\r\n\r\n   II) que se cuenta con la opinión favorable de la Unidad de Asuntos Internacionales y de la Dirección General de Servicios Agrícolas del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a la nueva incorporación normativa propuesta;\r\n\r\n   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N° 16.712, de 1° de setiembre de 1995 y demás normas concordantes y modificativas;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/368-2023/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Incorpórase al derecho positivo nacional la Resolución del Grupo Mercado Común (GMC) N° 04/22, de 9 de junio de 2022.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/368-2023/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Adóptase el Sub-Estándar 3.7.44 \"Requisitos Fitosanitarios para Actinidia chinensis (Kiwi) según país de destino y origen, para los Estados Partes del MERCOSUR\", (*) cuyo texto consta como Anexo al presente Decreto y forma parte integrante del mismo. " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-internacional/368-2023/1\" >Texto de la Norma Internacional</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/368-2023/3" 
 ,"textoArticulo" : "    El incumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto será sancionado de conformidad con lo establecido en el artículo 285 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 87 de la Ley N° 19.535, de 25 de setiembre de 2017.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/368-2023/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    LACALLE POU LUIS - FERNANDO MATTOS - OMAR PAGANINI " 
 }