APROBACION DE MEDIDAS PARA QUE LOS USOS DE LAS AGUAS PUBLICAS ASEGUREN EL CAUDAL QUE PERMITA LA PROTECCION DEL AMBIENTE Y CRITERIOS DE MANEJO AMBIENTALMENTE ADECUADOS DE LAS OBRAS HIDRAULICAS
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Artículo 7
(Determinación especial) En casos especiales, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente podrá fijar para cierto curso o cuerpo de agua o sus tramos, un caudal ambiental diferente al resultante de la aplicación de los artículos anteriores, cuando identifique potenciales riesgos para la calidad de las aguas o para los ecosistemas o cuando una situación de emergencia o interés general así lo requiera.