{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "368" 
  ,"anioNorma" : 1992 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION Y DEROGACION DE DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO ORGANICO\r\nFUNCIONAL DE ADMINISTRACION SUPERIOR ESTABLECIDO EN EL DECRETO 114/991" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1992/10/08/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "04/08/1992" 
  ,"fechaPublicacion" : "08/10/1992" 
  ,"vistos" : "     Visto: la necesidad de modificar la estructura orgánico funcional del\r\nMinisterio de Defensa Nacional, incluyéndose dentro del Gabinete del\r\nMinistro a las Asesorías Letrada y Notarial.\r\n\r\n    Considerando: I) que por Decreto 114/991 de 5 de marzo de 1991 se\r\naprobó el Reglamento Orgánico-Funcional de la Administración Superior del\r\nMinisterio de Defensa Nacional.\r\n\r\n  II) que por el precitado Decreto las Asesorías de referencia, dependen\r\nde la Dirección General de Secretaría de dicho Ministerio, sin perjuicio\r\nde su autonomía técnica.\r\n\r\n    Atento: a lo precedentemente expuesto\r\n\r\n                    El Presidente de la República,\r\n\r\n                             DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/368-1992/1" 
 ,"textoArticulo" : "     Deróganse los literales a) y b) del artículo 26 de la Reglamentación\r\naprobada por Decreto 114/991 de 5 de marzo de 1991. \r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/368-1992/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/368-1992/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Amplíase el artículo 2do. de la Reglamentación aprobada por Decreto 114/991 de 5 de marzo de 1991, de la siguiente manera:  (*)\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/368-1992/3" 
 ,"textoArticulo" : "     Establécese que la integración y competencias de las Asesorías Letrada\r\ny Notarial del Ministerio de Defensa Nacional, serán las dispuestas por\r\nlos artículos 49 a 53 de la citada Reglamentación. \r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/368-1992/3?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/368-1992/4" 
 ,"textoArticulo" : "     Publíquese y Archívese. \r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - MARIANO R. BRITO\r\n " 
 }