{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "368" 
  ,"anioNorma" : 1983 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL ART. 8° DEL DECRETO 35/981, RELATIVO A NORMAS O BIENES IMPORTADOS EN ADMISION TEMPORARIA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1983/10/25/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "02/09/1983" 
  ,"fechaPublicacion" : "25/10/1983" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1983 
  ,"pagina" : 394 
  } 
  ,"vistos" : " Visto: el decreto 35/981, de 28 de enero de 1981 que estableció un\r\nprocedimiento para la nacionalización de bienes importados en admisión\r\ntemporaria por resoluciones dictadas antes del 1º de junio de 1979, que\r\nestuvieran pendientes de re-exportación al 28 de enero de 1981.\r\n\r\nResultando: I) Según la norma citada los montos adeudados por\r\nnacionalización podrán abonarse hasta en 36 meses con un interés\r\nequivalente al interés de financiamiento que aplica la Dirección General\r\nImpositiva;\r\n\r\nII) El artículo 8º de dicho decreto determina que en caso de existir\r\nresolución de cancelación de \"drawback\" antes de abonarse la totalidad\r\nde las cuotas, quedará condonado el importe pendiente de pago al\r\ncumplirse la exportación, pudiendo solicitarse además la devolución de\r\nlos importes pagados con anterioridad, deducidos los intereses de\r\nfinanciación.\r\n\r\nConsiderando: que, el decreto mencionado no determina la fecha que ha de\r\ntomarse en consideración para la cancelación de adeudos y liquidación de\r\nintereses de financiación.\r\n\r\nAtento: a lo informado por el Ministerio de Economía y Finanzas y el\r\nLaboratorio Tecnológico del Uruguay y lo dictaminado por la Asesoría\r\nJurídica del Ministerio de Industria y Energía,\r\n\r\n                       El Presidente de la República\r\n\r\n                                   DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
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 ,"textoArticulo" : "  (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Este artículo dio nueva redacción a:</font></b> Decreto Nº 35/981 de 28/01/1981 \r\nartículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/35-1981/8\" >8</a>.\r\n" 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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 ,"textoArticulo" : "      Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " ALVAREZ - JUAN A. CHIARINO ROSSI - CARLOS A. MAESO - WALTER LUSIARDO\r\nAZNAREZ - FRANCISCO D. TOURREILLES\r\n " 
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