VISTO: el Reglamento de Cobro de las Tarifas de Peaje, aprobado por el
decreto 229/013 de 7 de agosto de 2013.
CONSIDERANDO: conveniente sustituir determinados artículos de dicho
Reglamento, en atención a que la aplicación de algunas disposiciones ha
ocasionado inconvenientes de orden práctico a los usuarios de las rutas
nacionales y, como consecuencia, es necesario adecuar las Tarifas de Peaje
fijadas por el decreto 225/013 de 31 de julio de 2013
ATENTO: a lo expuesto y a lo previsto en los artículos 168 numeral 4) de
la Constitución de la República, numeral 11) del decreto 574/974 de 12 de
junio de 1974.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Sustitúyense los siguientes artículos del Reglamento de Cobro de las
Tarifas de Peaje, aprobado por el decreto 229/013 de 7 de agosto de 2013,
que quedarán redactados de la siguiente manera:(*)