{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "367" 
  ,"anioNorma" : 1964 
  ,"nombreNorma" : "COMERCIO EXTERIOR. PERDIDA O SUSTRACCION DE MERCADERIAS IMPORTADAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1964/10/06/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "22/09/1964" 
  ,"fechaPublicacion" : "06/10/1964" 
  , "vistos" : " Declárase que la debida justificación por pérdida o sustracción de mercaderías importadas, procede solamente a los fines de la no aplicación\r\nde sanciones, pero no para la liquidación de impuestos. " 
  ,"articulos" : [  
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  ,"firmantes" : "  " 
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