FIJACION DE PRECIOS MINIMOS DE EXPORTACION




Promulgación: 17/07/1985
Publicación: 27/08/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 66

Artículo 3

 El Precio Mínimo de Exportación fijado en el artículo 1o. no regirá para
las importaciones que tributen una Tasa Global Arancelaria igual o menor a
la mínima establecida en el decreto 477/982, de 27 de diciembre de 1982,
con las modificaciones establecidas por el artículo 5º del decreto de 13
de junio ppdo.
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