{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "365" 
  ,"anioNorma" : 2007 
  ,"nombreNorma" : "AMPLIACION DEL PUERTO DE MALDONADO. PUNTA DEL ESTE\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2007/10/09/9" 
    ,"fechaPromulgacion" : "01/10/2007" 
  ,"fechaPublicacion" : "09/10/2007" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2007 
  ,"pagina" : 821 
  } 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/365-2007?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : " VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Hidrografía, a\r\nfin de establecer la delimitación de la ampliación del recinto portuario\r\ndel Puerto de Maldonado (Punta del Este).\r\n\r\nRESULTANDO: I) Que la citada ampliación del recinto, cuya mensura fue\r\nrealizada por los Ingenieros Agrimensores Sergio Calfani y Fernando Pérez\r\nen el mes de junio de 2007, según Plano H-10843 de la precitada Dirección\r\nNacional, consta de un área total de 1há. 2927 m2, en la que se distingue\r\nuna zona terrestre (fracción I) y una marítima (fracción II).\r\n\r\nII) Que el Departamento Jurídico - Notarial y el Departamento de\r\nAgrimensura Legal de la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio\r\nde Transporte y Obras Públicas, han tomado la intervención que les compete\r\nsin formular observaciones al respecto.\r\n\r\nATENTO: a lo preceptuado por los artículos 7 y 20 de la Ley Nº 16.246 de 8\r\nde abril de 1992, Decreto Reglamentario Nº 412/992 de 1º de setiembre de\r\n1992, artículo 8 y 7 del Decreto Nº 574/974 de 12 de julio de 1974.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/365-2007/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Apruébase la ampliación de la delimitación del recinto portuario del\r\nPuerto de Maldonado (Punta del Este), según plano adjunto H-10843 de la\r\nDirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras\r\nPúblicas, que ocupa: la Fracción I (zona terrestre) con un área de 743 m2,\r\nque se deslinda de la siguiente manera: al Norte un tramo recto de 34.22\r\nm, al Este un tramo recto de 20.00 m, al Sur un tramo recto de 40.12 m\r\ntodos dentro de la zona costera de Playa Mansa (sin empadronar), al Oeste\r\nlínea superior de la ribera del Río de la Plata, vértices 6 y 9 lindando\r\ncon la Fracción II del referido plano; la Fracción II (zona marítima) con\r\nuna área de 1Ha. 2184 m2 que se deslinda así: al Norte un tramo recto de\r\n156.33 m dentro del álveo público del Río de la Plata, al Este línea\r\nsuperior de la ribera vértices 3, 6, 9, 10 y 11, lindando con la zona\r\ncostera de Playa Mansa que incluye la Fracción I del presente plano, al\r\nSur tramo recto de 151.10 m y al Oeste tramo recto de 80.00 m ambos dentro\r\ndel álveo público del Río de la Plata.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/365-2007/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - VICTOR ROSSI " 
 }