FIJACION DE LA TASA DE DEVOLUCION DE TRIBUTOS A LAS EXPORTACIONES. NOVIEMBRE 2012




Promulgación: 14/11/2012
Publicación: 20/11/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 1382
VISTO: el régimen de devolución de tributos a las exportaciones,
establecido por la Ley N° 16.492, de 2 de junio de 1994.-

CONSIDERANDO: que corresponde acceder a la solicitud de incorporación de
algunos productos.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por la mencionada Ley N° 16.492,
citada.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Fíjase una tasa de devolución de tributos del 2% a las exportaciones
embarcadas a partir de la fecha de vigencia del presente decreto, para las
posiciones arancelarias que se indican seguidamente:

2008.19.00.00
3808.92.91.00
3808.92.95.10

Artículo 2

 Comuniquese, publíquese, etc.-

JOSÉ MUJICA - FERNANDO LORENZO - ROBERTO KREIMERMAN - TABARÉ AGUERRE
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