IMPUESTOS NACIONALES. LIQUIDACION Y PAGO




Promulgación: 28/07/1966
Publicación: 04/08/1966

Resumen:

Modifícase el artículo 4 del Decreto N° 179/966, estableciéndose que el
Banco de la República (BROU) conjuntamente con la Dirección General
Impositiva (DGI) determinará el procedimiento a aplicarse para la
liquidación y pago de impuestos nacionales por las diferencias en moneda
nacional de las coberturas impagas correspondientes a importaciones
abonadas en moneda extranjera.

Artículo 1



		
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