INSTRUMENTACION DE UN MECANISMO PARA DESTINAR AL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DE FONDO DE FINANCIAMIENTO DEL TRANSPORTE COLECTIVO SUBURBANO DE PASAJEROS




Promulgación: 22/12/2017
Publicación: 29/12/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Referencias a toda la norma

Artículo 17

   El contralor de las obligaciones de las empresas que participen en el Fondo de Financiamiento del Transporte Colectivo Suburbano de Pasajeros y la aplicación de las sanciones establecidas por la Ley N° 18.878 de fecha 29 de diciembre de 2011, corresponderá al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, en su calidad de administrador del Fondo. 
Ayuda