MODIFICACION DEL DECRETO Nº 420/003 RELATIVO AL PORCENTAJE A TRANSFERIR POR CONCEPTO DE PRECIO DE PROTECCION AL VUELO. CONTRATACIONES DIRECTAS




Promulgación: 01/10/2007
Publicación: 09/10/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 809

Artículo 4

   La Contaduría General de la Nación abatirá los créditos en la Unidad Ejecutora 041 "Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica" del Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", desde el Ejercicio 2007 hasta el Ejercicio 2011 inclusive, en los Objetos del 
Gasto 099 "Otras retribuciones" por la suma de $ 5:000.000,00 (pesos uruguayos cinco millones con 00/100), 213 "Electricidad" por la suma de 
$ 631.034,00 (pesos uruguayos seiscientos treinta y un mil treinta y cuatro con 00/100) y 211 "Teléfonos y similares" por la suma de 
$ 631.034,00 (pesos uruguayos seiscientos treinta y un mil treinta y cuatro con 00/100), todos con cargo a la Financiación 1.2 "Recursos con Afectación Especial". (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 384/010 de 23/12/2010 artículo 1.
Redacción dada anteriormente por: Decreto Nº 92/009 de 16/02/2009 artículo 
1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 92/009 de 16/02/2009 artículo 1, Decreto Nº 363/007 de 01/10/2007 artículo 4.
Referencias al artículo
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