INDEMNIZACION A PRODUCTORES LECHEROS AFECTADOS DE FIEBRE AFTOSA




Promulgación: 06/09/2002
Publicación: 17/09/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 551

CAPITULO III - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 4

 Los productores que se consideren comprendidos por el artículo 3º de la 
Ley Nº 17.438 de 21 de diciembre de 2001, tendrán un plazo de 60 días a 
partir de la vigencia del presente decreto para presentar sus reclamos.
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