{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "363" 
  ,"anioNorma" : 1972 
  ,"nombreNorma" : "CUEROS LANARES. DECLARACION JURADA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1972/06/05/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "25/05/1972" 
  ,"fechaPublicacion" : "05/06/1972" 
  , "vistos" : " Determínase que todos los tenedores de cueros lanares en cualquier estado, crudo, en proceso o curtido, deberán presentar declaración jurada de sus existencias, fijándose los lugares y plazos de presentación de la misma. " 
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