Escala 5 - El personal de la categoría Auxiliar 1 del escalafón Administrativo percibirá una remuneración mensual con ajuste a los Grados que se indican de la Escala Patrón Única:
La presente escala se aplicará en concordancia con el régimen de corrimiento por antigüedad establecido en el Convenio Laboral, de 26 de diciembre de 2012 y reglamentado en los artículos 55° a 59° inclusive de las presentes normas.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 362/021 de
21/10/2021.