REGLAMENTACION DEL ART. 149 DE LA LEY 17.556. TRANSFERENCIA A LA ANEP DE RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES DESDE LA DIRECCION NACIONAL DE DEPORTE




Promulgación: 29/12/2015
Publicación: 11/01/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.556 de 18/09/2002 artículo 149.

Artículo 4

   El Ministerio de Turismo, la ANEP y la Contaduría General de la Nación, en lo pertinente, dispondrán los actos jurídicos y operaciones materiales que fueren necesarios, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, para el efectivo cumplimiento de !o dispuesto en la Ley que se reglamenta y en el presente Decreto.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5 (vigencia).
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