DETERMINACION RESPECTO AL PAGO DE LOS SERVICIOS DE INTERES Y AMORTIZACION DE LA "DEUDA INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACION"




Promulgación: 30/04/1975
Publicación: 15/05/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 975

Visto: la gestión promovida por el Instituto Nacional de Colonización
relativa al pago de los servicios de interés y amortización de la deuda
"Instituto Nacional de Colonización" autorizada por las leyes 13.637 de 31
de diciembre de 1967 y 13.835 de 7 de enero de 1970.

Resultando: que el decreto 480/971 de 3 de agosto de 1971, estableció que
dicha deuda no se considerará colocada por lo que no corresponderá, el
pago de los servicios de interés y amortización hasta tanto el Instituto
Nacional de Colonización no haya percibido por los títulos bienes o
dinero.

Considerando: I) Que en las leyes 13.637 y 13.835, no existe disposición
alguna que supedite el pago de los servicios de la deuda a la colocación
de los títulos respectivos, ni a la percepción, por ellos de bienes o
dinero, por parte del Instituto Nacional de Colonización;

II) Si la ley autorizó la deuda pública y si el Poder Ejecutivo emitió y
entregó los títulos correspondientes al Instituto Nacional de Colonización
se ha cumplido el ciclo necesario para la existencia de la deuda, en
consecuencia corresponde el pago de los servicios de la misma;

III) Que por el artículo 259º de la ley 13.637, la deuda está destinada a
aumentar el capital del Instituto Nacional de Colonización.


Atento: a lo expuesto y a lo informado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio e Economía y Finanzas,

El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

Derógase el decreto 480/971 de fecha 3 de agosto de 1971.

BORDABERRY - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - HECTOR E. ALBURQUERQUE
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