INDUSTRIA VITIVINICOLA. PRESENTACION DE BALANCES CONTABLES




Promulgación: 15/06/1971
Publicación: 21/06/1971

Resumen:

Acuérdase un plazo de treinta días a bodegueros y fabricantes de vinos, artículos de perfumería y tocador, para la presentación de los estados o balances de operaciones realizadas el mes anterior.


		
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