{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "361" 
  ,"anioNorma" : 2020 
  ,"nombreNorma" : "REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 5°, 6° Y 7° DE LA LEY 19.932, REGLAMENTARIA DE LOS ARTS. 37 Y 38 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2020/12/28/10" 
    ,"fechaPromulgacion" : "23/12/2020" 
  ,"fechaPublicacion" : "28/12/2020" 
  ,"referenciasNorma" : " <b>Reglamentario/a de:</b> Ley Nº 19.932 de 21/12/2020 artículos <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/19932-2020/5\" >5</a>, <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/19932-2020/6\" >6</a> y <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/19932-2020/7\" >7</a>.\r\n " 
  ,"vistos" : "    VISTO: lo establecido en los artículos 5, 6 y 7 de la Ley Nº 19.932\r\nde 21 de diciembre de 2020;\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que por el artículo 5 de la referida norma legal\r\nse prohibió el ingreso de personas al país por las fronteras terrestres,\r\nmarítimas, fluviales y aéreas -cualquiera sea su modalidad- desde el\r\n21 de diciembre de 2020 (fecha de promulgación de dicha Ley) hasta\r\nel 10 de enero de 2021 inclusive;\r\n\r\n   II) que en el artículo 6º de la Ley Nº 19.932 se establecieron dos\r\nexcepciones a texto expreso a la prohibición dispuesta;\r\nIII) que, por su parte, por el artículo 7 de la Ley que se reglamenta\r\npor el presente Decreto, se facultó al Poder Ejecutivo a disponer otras\r\nexcepciones además de las previstas en el artículo 6, en aquellos casos\r\nen los cuales se justifique y acredite la necesidad de las mismas;\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que en uso de dicha facultad y en tanto es\r\nnecesario por un lado, habilitar en el período que dure la prohibición de\r\ningreso de personas al país, los egresos e ingresos por vía aérea de las\r\naeronaves con tripulación de la Fuerza Aérea Uruguaya que trasladan\r\nal contingente uruguayo destacado en la Base Uruguaya Antártica, o\r\npersonal destinado a las operaciones de mantenimiento, logística y\r\ncolaboración en dicha Base; y por otro lado el egreso y reingreso de\r\nvuelos sanitarios o de análogas características que se realicen en el\r\námbito de la competencia del Ministerio de Defensa Nacional;\r\n\r\n   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el\r\nartículo 37 de la Constitución de la República, la Ley Nº 9.202, de 12\r\nde enero de 1934, el artículo 7 de la Ley Nº 19.932, de 21 de diciembre\r\nde 2020 y demás normas concordantes y aplicables en la materia;\r\n\r\n                     EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n                   actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                               DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/361-2020/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Exceptúanse de la prohibición establecida en el artículo 5 de la Ley Nº 19.932(*), de 21 de diciembre de 2020 a las personas que ingresen al país por vía aérea provenientes de la Base Antártica Uruguaya en el marco de las operaciones de mantenimiento, logística y coordinación así como el traslado del contingente destacado en dicha Base.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b> <font color=\"#FF0000\"> Ver: </font> </b> Decreto Nº 13/021 de 11/01/2021 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/13-2021/1\" >1</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/361-2020/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Quedan asimismo exceptuados de la prohibición establecida en el artículo 5 de la Ley Nº 19.932(*), de 21 de diciembre de 2020, las personas que deban ingresar o reingresar al país en un vuelo sanitario o de análogas características en el marco de la competencia del Ministerio de Defensa Nacional.\r\n\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b> <font color=\"#FF0000\"> Ver: </font> </b> Decreto Nº 13/021 de 11/01/2021 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/13-2021/1\" >1</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/361-2020/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    LACALLE POU LUIS - FRANCISCO BUSTILLO - AZUCENA ARBELECHE - JAVIER GARCIA - PABLO DA SILVEIRA - LUIS ALBERTO HEBER - OMAR PAGANINI - PABLO MIERES - DANIEL SALINAS - CARLOS MARIA URIARTE - IRENE MOREIRA - PABLO BARTOL - ADRIAN PEÑA " 
 }