El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.661 de 29/10/1984.
CAPÍTULO I - ASPECTOS GENERALES DE LOS POSTGRADOS EN EL ÁREA DE LA MEDICINA
Artículo 6
La investigación básica y clínica es un componente primordial de las actividades de un Postgrado de Medicina. Para ella se requiere necesariamente la existencia de laboratorios, centros de documentación, ámbitos comunitarios y hospitalarios donde desarrollar esas tareas. Asimismo, deben existir recursos físicos adecuados para el cuidado apropiado de animales que se usen en docencia e investigación.