DEFENSORIA POLICIAL EN LO PENAL DEL MINISTERIO DEL INTERIOR




Promulgación: 04/12/2000
Publicación: 12/12/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2000
  •    Página: 1042
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.170 de 28/12/1990 artículo 165.

Artículo 19

 Constituye también cometidos de la Defensoría Policial en lo Penal, 
prestar asesoramientos que en su materia específica le sean solicitados 
por las distintas reparticiones dependientes del Ministerio del Interior, 
así como también mantener actualizada la normativa penal y procesal, 
efectuando las comunicaciones que correspondan, a la Dirección General, 
Asesorías Jurídicas, Jefaturas de Policía, Direcciones Nacionales y 
Departamento de Personal del Ministerio del Interior, de la creación de 
nuevas disposiciones legales, sustitución o modificación de la 
legislación aludida.-
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