DEFENSORIA POLICIAL EN LO PENAL DEL MINISTERIO DEL INTERIOR




Promulgación: 04/12/2000
Publicación: 12/12/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2000
  •    Página: 1042
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.170 de 28/12/1990 artículo 165.

Artículo 10

 En casos donde la situación de los policías por los cuales se ha 
solicitado la defensa pertinente, surgen responsabilidades antagónicas 
entre aquellos, el Director de la Defensoría asignará los profesionales 
que correspondan para cumplir el patrocinio de las partes mencionadas.-
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