IMPLANTACION DEL REGIMEN DE REINSERCION LABORAL Y EMPRESARIAL PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS




Promulgación: 12/09/1996
Publicación: 16/09/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 725
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.736 de 05/01/1996 artículo 6.

TITULO I - REGIMEN DE REINSERCION LABORAL Y EMPRESARIAL
CAPITULO IV - DISPOSICIONES COMUNES

Artículo 17

   El funcionario que ingrese al Régimen de Reinserción Laboral y
Empresarial reglamentado en este Decreto y que no opte por renunciar a la
función pública, sea en la modalidad de renuncia definitiva o en la de
renuncia con reserva de cargo, pasará al régimen de funcionarios con cargo
excedentario de acuerdo a lo establecido en la Ley No. 16.736 de 5 de
enero de 1996, percibiendo únicamente la retribución establecida en la
tabla básica de sueldos más la compensación máxima al grado.  (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 37.
Referencias al artículo
Ayuda