Autorízase al Centro de Investigaciones Agrícolas "Alberto
Boerger" para concertar, con el Banco de la República Oriental del
Uruguay, la habilitación de un crédito por hasta la suma de N$
1:350.000.00 (nuevos pesos un millón trescientos cincuenta mil), en la
forma y condiciones que acordarán ambos organismos.
Dicho importe será destinado al pago de las semillas registradas que
adquiera el Centro de investigaciones Agrícolas "Alberto Boerger" en
función de lo dispuesto en el artículo anterior.