{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "360" 
  ,"anioNorma" : 1980 
  ,"nombreNorma" : "REGULACION DE LAS DECLARACIONES DE MANIFIESTOS CONSULARES DE CARGA Y CONOCIMIENTO DE EMBARQUE" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1980/07/15/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "06/06/1980" 
  ,"fechaPublicacion" : "15/07/1980" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1980 
  ,"pagina" : 1259 
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  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/360-1980?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : "   Visto: la necesidad de actualizar los procedimientos consagrados en el\r\nartículo 2º del decreto de 18 de enero de 1943, reglamentario del decreto-\r\nley 10.257 de 23 de octubre de 1942 y decreto de 5 de octubre de 1945, a\r\nefectos de resolver los casos de falta de coincidencia de las\r\ndeclaraciones consignadas en el manifiesto consular de carga, con las\r\nformuladas en el correspondiente conocimiento de embarque.\r\n\r\n  Considerando: I) Lo establecido en los artículos 1.205 del Código de\r\nComercio, 149 del Código Aeronáutico, artículos 222, 224, 231, 235 y 236\r\ndel decreto de 17 de enero de 1917 con respecto a los requisitos que se\r\nhan de cumplir para la correcta redacción y debido contralor de esos\r\ndocumentos;\r\n\r\nII) El criterio establecido en los artículos 287 de la ley 13.318 de 28 de\r\ndiciembre de 1964 y 34 del decreto de 18 de enero de 1943, en cuyo mérito\r\nse entiende que no se puede responsabilizar al administrado por\r\nirregularidades provocadas por errores de la propia Administración;\r\n\r\nIII) Que los Agentes Consulares deben observar que las declaraciones de\r\nlas facturas comerciales coincidan con los conocimientos de embarque y\r\nmanifiestos de carga.\r\n\r\n  Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Aduanas y la\r\nAsesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas,\r\n\r\n                      El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/360-1980/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Toda vez que se compruebe la falta de coincidencia de las declaraciones\r\nconsignadas en el manifiesto consular de carga con las formuladas por el\r\nembarcador en el original del conocimiento de embarque correspondiente, se\r\nestará a lo establecido en el ejemplar del conocimiento de embarque que se\r\nencuentre en poder de la Aduana o en su defecto, en el presentado por el\r\nconsignatario, convalidado por la respectiva agencia marítima.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/360-1980/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/360-1980/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Las declaraciones formuladas en los documentos de origen podrán\r\nmodificarse con autorización de la Aduana en cualquier momento, siempre\r\nque la corrección que se solicite no tienda a eliminar irregularidades que\r\npuedan configurar infracción aduanera.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/360-1980/3" 
 ,"textoArticulo" : "      La Dirección Nacional de Aduanas deberá tomar todas las providencias\r\nnecesarias para el correcto cumplimiento de esta resolución.\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/360-1980/4" 
 ,"textoArticulo" : "  (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#FF0000\">Derogado/s por:</font></b> Decreto Nº 442/980 de 20/08/1980 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/442-1980/4\" >4</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 360/980 de 06/06/1980 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/360-1980/4\" >4</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/360-1980/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI\r\n " 
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