REGLAMENTACION DEL ARTICULO 514 DE LA LEY 19.355 RELATIVO A LA TRANSFERENCIA DE COMETIDOS, DERECHOS Y OBLIGACIONES, BIENES MUEBLES E INMUEBLES DEL INSTITUTO NACIONAL DE ALIMENTACION AL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL




Promulgación: 01/02/2016
Publicación: 15/02/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 514.

Artículo 3

   Incorpóranse al Inciso 15 "Ministerio de Desarrollo Social" a los funcionarios presupuestados y a los que se desempeñaban en régimen de "provisoriato" en la Unidad Ejecutora suprimida por el artículo 514 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015, según detalle que surge de los Anexos (I) y (II) (*) (Personal presupuestado y contratado en régimen de provisoriato, otras formas de contratación y puestos de trabajo vacantes).

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.
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