REGLAMENTACION DEL ARTICULO 514 DE LA LEY 19.355 RELATIVO A LA TRANSFERENCIA
DE COMETIDOS, DERECHOS Y OBLIGACIONES, BIENES MUEBLES E INMUEBLES DEL INSTITUTO NACIONAL DE ALIMENTACION AL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 514.
Artículo 3
Incorpóranse al Inciso 15 "Ministerio de Desarrollo Social" a los funcionarios presupuestados y a los que se desempeñaban en régimen de "provisoriato" en la Unidad Ejecutora suprimida por el artículo 514 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015, según detalle que surge de los Anexos (I) y (II) (*) (Personal presupuestado y contratado en régimen de provisoriato, otras formas de contratación y puestos de trabajo vacantes).