DISTRIBUCION DE PARTIDAS PRESUPUESTALES. FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA




Promulgación: 29/01/2007
Publicación: 07/02/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 170
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.046 de 24/10/2006 artículo 104.

Artículo 2

   Personal Médicos y Odontólogos:
Tendrán aumento de salarios todos aquellos médicos y odontólogos que a la 
fecha del 30 de junio de 2006 perciban una remuneración inferior a
$ 8.640 (pesos ocho mil seiscientos cuarenta) nominales mensuales por 
todo concepto excepto beneficios sociales y antigüedad.
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