CONVENIOS LABORALES. ACTIVIDAD PRIVADA. EMPLEADOS PRIVADOS. GRUPOS DE ACTIVIDAD. CONSEJOS DE SALARIOS. GRUPO Nº 8 TRANSPORTE AEREO. SUBGRUPO AVIACION GENERAL CIVIL
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 11
Cuando existan trabajadores no categorizados específicamente en los
Laudos o Decretos del presente Grupo, este Consejo de Salarios
determinará la categoría a la cual deban asimilarse dichos trabajadores
teniendo en cuenta las categorías ya laudas.