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Promulgación: 01/02/1983
Publicación: 17/02/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1983
  •    Página: 86
 Visto: que existen razones de conveniencia en la modificación del
artículo 6º del decreto 281/977, de 24 de mayo de 1977.

  Resultando: que dicho decreto en su Artículo 6º establece que los días
de viáticos que corresponden a los delegados que viajen al exterior
equivaldrán a la cantidad de noches que hayan transcurrido para el viaje
y el cumplimiento de su misión.

  Considerando: que las misiones de los se verán favorecidas con la
modificación del mencionado artículo,

                     El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

(*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 281/977 Derogada/o de 24/05/1977 
artículo 6.

Artículo 2

   Comuníquese, etc.

ALVAREZ - CARLOS A. MAESO - WALTER LUSIARDO AZNAREZ
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