SUSPENSION DE TODOS LOS ESPECTACULOS PUBLICOS, HABILITACION DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS EN GIMNASIOS Y LUGARES CERRADOS Y EXHORTACION A DETEMINADAS EMPRESAS A EXTENDER SUS HORARIOS DE APERTURA AL PUBLICO




Promulgación: 22/12/2020
Publicación: 24/12/2020
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   El Ministerio de Salud Pública podrá imponer multas de entre 5 (cinco) y 1.000 (mil) Unidades Reajustables por el incumplimiento de los protocolos sanitarios o la falta de uso o el uso incorrecto de elementos personales de protección, tales como barbijos, tapabocas, mascarillas, protectores faciales, etc. en espacios públicos o privados de uso público. 

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 7.
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